lunes, 26 de mayo de 2014

Lo que dice la Constitución:

También existe una casilla para el voto en blanco. Esta es una alternativa que tienen los ciudadanos que no comparten las ideas de los candidatos y quieren expresar su legítima inconformidad. Lo que dice la Constitución: El artículo 258 de la Constitución dispone: “Deberá repetirse por una sola vez la votación para elegir miembros de una Corporación Pública, Gobernador, Alcalde o la primera vuelta en las elecciones presidenciales, cuando del total de votos válidos, los votos en blanco constituyan la mayoría (la mitad más uno). Tratándose de elecciones unipersonales (alcaldes, gobernadores o Presidente) no podrán presentarse los mismos candidatos, mientras en las de Corporaciones Públicas (como el Congreso) no se podrán presentar a las nuevas elecciones las listas que no hayan alcanzado el umbral”. ¿Qué sucede si el voto en blanco gana las elecciones presidenciales? Si el voto en blanco saca más de la mitad de los votos válidos en la primera vuelta, las elecciones presidenciales se repetirán con nuevos candidatos.

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