martes, 1 de noviembre de 2016

EDUCACIÓN LIBRE AÑO 6016

Considerando que a las Administraciones Públicas corresponde garantizar el derecho universal a la educación en términos de igualdad, que implica el respeto del derecho igualmente universal a la libertad de conciencia y a su formación en el marco escolar. Considerando que la laicidad exigida a las instituciones públicas para preservar tales derechos universales se ve vulnerada tanto con la inclusión del adoctrinamiento en una religión particular dentro del currículo y de los mismos centros, así como con su financiación a cargo de los presupuestos públicos. Se exige al Gobierno adoptar las medidas legales que procedan para: – Garantizar el imprescindible carácter laico que debe revestir la Escuela como institución pública, dejando la religión confesional fuera del sistema educativo oficial, es decir, del currículo y del ámbito escolar. – Proceder, en consecuencia, a la derogación del Concordato y posteriores Acuerdos con el Vaticano, así como de los acuerdos suscritos con otras confesiones religiosas, en tanto son invocados como base “legal” para mantener privilegios y una inadmisible injerencia privada en el sistema educativo destinado a la formación común del conjunto de los ciudadanos/as en cuanto tales. – Atender la responsabilidad exclusiva que las Administraciones Públicas tienen a la hora de asegurar una educación pública de calidad en condiciones de igualdad mediante una red pública de enseñanza que llegue a toda la ciudadanía y, en consecuencia, destinar a ella recursos públicos suficientes, retirando progresivamente el desvío de fondos públicos hacia redes escolares privadas.

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